El Gobierno ha propuesto ampliar el plazo legal para dar de alta o baja a un trabajador en la Seguridad Social: de 3 a 6 días hábiles. Esta medida forma parte de un proyecto de reforma del Reglamento General de Inscripción y Afiliación, actualmente en fase de audiencia pública. Busca reducir la carga administrativa sobre gestores y empresas, especialmente pymes y autónomos. La norma también flexibiliza el aplazamiento de deudas con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) bajo ciertos umbrales.
¿Por qué se amplía el plazo de alta y baja a 6 días hábiles?
El plazo actual de 3 días hábiles se considera insuficiente para cumplir con los trámites de alta o baja en entornos operativos complejos. Las empresas deben gestionar documentación interna, acuerdos con trabajadores y comunicaciones electrónicas con la TGSS. Un retraso de un solo día puede derivar en sanciones o errores en la cotización.
La ampliación a 6 días hábiles responde a reclamaciones del sector de gestión laboral y graduados sociales. Permite conciliar plazos con otros procesos legales, como la entrega de finiquitos o la liquidación de nóminas. Además, reduce el riesgo de errores técnicos en la plataforma RED de la Seguridad Social.
¿Qué pasa si se supera el nuevo plazo?
El incumplimiento sigue siendo sancionable. La ley no elimina la obligación, sino que la ajusta a la realidad operativa. Las multas por retraso en altas o bajas siguen vigentes bajo el artículo 18 de la Ley General de la Seguridad Social. Sin embargo, el margen extra reduce la probabilidad de infracciones involuntarias.
¿Cómo afecta el cambio en el aplazamiento de deudas con la Seguridad Social?
La reforma modifica el umbral mínimo para solicitar un aplazamiento de deudas. Antes, solo se permitía si el importe superaba el doble del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Ahora, el límite se rebaja a una vez el SMI, lo que abre la puerta a más empresas pequeñas.
Además, para deudas iguales o inferiores a 150.000 euros, se exige el ingreso de al menos un tercio del total en los primeros 10 días. Este requisito ya regía por instrucción interna, pero ahora se incorpora al reglamento con rango normativo.
¿Qué ocurre con deudas superiores a 150.000 euros?
Para importes mayores, el Gobierno mantiene los requisitos actuales: aval bancario, plan de pagos y justificación de la situación económica. No se prevé flexibilización adicional. La reforma prioriza la liquidez de las pymes, no la de grandes deudores.
¿Cuál es el marco legal y el impacto económico real?
El proyecto se enmarca en el Real Decreto 14/2023, que regula los procedimientos de afiliación y cotización. Su modificación requiere trámite de audiencia pública, informe del Consejo de Estado y aprobación en Consejo de Ministros y Congreso. La entrada en vigor depende de la tramitación parlamentaria y podría retrasarse hasta finales de 2026.
Económicamente, la medida reduce costes de cumplimiento para más de 3,2 millones de empresas. Según cálculos del Ministerio de Inclusión, evita hasta 18.000 sanciones anuales por retrasos administrativos. También mejora la calidad de los datos en la base de la TGSS, al disminuir correcciones posteriores.
¿Qué plazos y fechas clave debe conocer una empresa?
- Audiencia pública abierta hasta el 22 de abril de 2026.
- Previsión de aprobación en Consejo de Ministros: junio de 2026.
- Entrada en vigor estimada: 1 de octubre de 2026, si no hay enmiendas sustanciales.
- Las empresas deben actualizar sus protocolos internos de nómina y gestión laboral antes de esa fecha.
Datos Clave
- El plazo para alta o baja pasa de 3 a 6 días hábiles, no naturales.
- El umbral para aplazamiento de deudas baja de 2×SMI a 1×SMI.
- Para deudas ≤ 150.000 euros, se exige el 33 % en los primeros 10 días.
- La reforma no modifica los plazos de cotización ni los de presentación de nóminas.
- La norma aplica a todas las empresas, incluidos autónomos con empleados.
La reforma refleja una apuesta por la eficiencia administrativa y la sostenibilidad financiera de las pymes. No relaja el control, sino que lo hace más realista. Su éxito dependerá de la coordinación entre la TGSS, las plataformas de gestión y los profesionales de la nómina.
