El Tribunal Supremo ha ratificado que los jubilados en activo conservan íntegro su derecho al complemento por brecha de género. No aplica reducción alguna, ni del 50%, ni porcentaje alguno sobre la pensión parcial. Este fallo afecta directamente a más de 1,2 millones de pensionistas que trabajan tras la jubilación y a miles de autónomos jubilados que recibieron pagos incompletos entre 2016 y 2021.
¿Qué dice el Tribunal Supremo sobre el complemento por brecha de género?
El alto tribunal ha anulado la práctica de la Seguridad Social de calcular el complemento sobre el 50% de la pensión en activos. Los magistrados subrayan que la norma exige aplicarlo sobre el 100% de la pensión base, sin excepciones.
Esta decisión no es meramente técnica: es un reconocimiento del valor social del cuidado y su impacto en las carreras laborales. El fallo refuerza el principio de igualdad material, no solo formal.
¿Cuánto se cobra exactamente por hijo en 2026?
Desde 2021, el complemento se fija en 36,9 euros por hijo, con límite de cuatro. Esto significa un máximo de 147,6 euros mensuales para quienes tienen cuatro o más hijos.
Antes de 2021, el cálculo era porcentual: 5% por dos hijos, 10% por tres y 15% por cuatro o más. Pero ese porcentaje debía aplicarse sobre la pensión íntegra —no sobre la mitad—, como erróneamente hizo la Seguridad Social con muchos autónomos jubilados.
¿Por qué afecta especialmente a los autónomos?
Los trabajadores autónomos que siguen cotizando tras la jubilación reciben solo el 50% de su pensión mientras trabajan. La Seguridad Social aplicó entonces los porcentajes del complemento sobre ese 50%, reduciendo injustamente su importe. El Tribunal Supremo ha declarado esa práctica nula de pleno derecho.
Esto implica reclamaciones retroactivas hasta 2016, con posibilidad de devolución de diferencias acumuladas.
¿Qué implica este fallo para la economía familiar y el sistema?
El complemento por brecha de género no es un subsidio: es una corrección estructural al sistema de pensiones. Su impacto económico es tangible: 147,6 euros mensuales suponen más de 1.770 euros anuales por familia. Para 300.000 beneficiarios afectados por el error, la devolución potencial supera los 530 millones de euros.
Además, el fallo presiona al Gobierno para revisar los mecanismos de control interno de la Seguridad Social. La Agencia Estatal de la Administración Tributaria ya ha iniciado auditorías cruzadas con la Tesorería General.
¿Qué marco legal regula hoy esta prestación?
La base jurídica es la Ley 27/2013 de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, reformada por la Ley de Presupuestos Generales de 2021. El Real Decreto 1047/2022 regula su aplicación práctica. El fallo del Tribunal Supremo no modifica la ley, pero sí obliga a su interpretación conforme al principio de no discriminación del artículo 14 de la Constitución.
Datos Clave
- El complemento por brecha de género es compatible total con el trabajo en activo.
- Se paga 36,9 euros por hijo, hasta un máximo de cuatro (147,6 €/mes).
- El Tribunal Supremo anuló la aplicación del complemento sobre el 50% de la pensión.
- Los autónomos jubilados son los principales beneficiarios del fallo retroactivo.
- La reclamación de diferencias tiene plazo de cuatro años desde la fecha de cada pago.
El fallo marca un antes y un después en la protección de los derechos adquiridos. Refuerza la seguridad jurídica y exige transparencia en la gestión de las prestaciones sociales. Su aplicación efectiva dependerá de la capacidad de la Seguridad Social para actualizar sus sistemas y notificar de forma masiva a los afectados.
