Un hombre recibió una puñalada mortal de 24,5 centímetros en el cuello en el puente de las Moreras, en València. El acusado, Felipe B. B., enfrenta un juicio con jurado y una petición fiscal de 20 años de cárcel. El crimen ocurrió el 30 de julio de 2024. No hay explicación clara del móvil. El informe de Psiquiatría Forense descarta alteraciones mentales relevantes. El juicio se celebra en 2026, un año y medio después del hecho.
¿Qué se sabe del asesinato en el puente de Nazaret?
El crimen tuvo lugar en un punto estratégico: el puente de las Moreras, que une València con el barrio de Natzaret. José Andrés Peña Moro fue atacado cuando estaba a punto de cruzarlo. La gravedad del tajo cervical fue extrema: seccionó la yugular y afectó parcialmente una vértebra cervical. No hubo intento de auxilio ni huida inmediata del acusado tras el acto.
La detención en tiempo récord
La Policía Nacional activó el grupo de Homicidios, que identificó al sospechoso en menos de 48 horas. La detención fue realizada por agentes uniformados, sin necesidad de operativo especial. Esto evidencia la eficiencia de los protocolos de investigación en crímenes violentos en la Comunidad Valenciana.
¿Por qué el juicio se celebra con jurado popular?
El caso califica como delito de asesinato con alevosía, según el Código Penal español. Esa calificación obliga a la celebración de un juicio con jurado, regulado por la Ley Orgánica 5/1995. El tribunal popular está compuesto por nueve ciudadanos titulares y dos suplentes, seleccionados entre 36 candidatos.
El rol del fiscal y la defensa
El fiscal Antonio Gastaldí lidera la acusación. La defensa de Felipe B. B. ha optado por no solicitar medidas de protección psicológica ni peritajes complementarios. El acusado mantiene su derecho a no declarar, aunque su comparecencia está prevista —posiblemente al final del juicio— para no interferir con la valoración de la prueba testifical.
¿Qué dice la pericia psiquiátrica forense?
El informe del Instituto de Medicina Legal de València es determinante. Concluye que el acusado padecía personalidad esquizotípica, pero que esta no alteró su capacidad de comprensión ni de autodeterminación en el momento del hecho. No se acreditó trastorno mental eximente ni alteración grave de la percepción de la realidad.
Implicaciones legales del dictamen
Este informe descarta la aplicación del artículo 20.1 del Código Penal, que exime de responsabilidad penal por trastorno mental. Refuerza la imputabilidad plena del acusado. También invalida cualquier estrategia defensiva basada en inimputabilidad o atenuantes por trastorno.
¿Cuál es el impacto social y económico del caso?
El asesinato conmocionó a València y reactivó el debate sobre la seguridad en espacios públicos de transición, como puentes y pasarelas. El puente de las Moreras, con alta afluencia peatonal y escasa iluminación nocturna, ha sido señalado en informes municipales como zona de riesgo ambiental. Desde 2024, el Ayuntamiento de València ha destinado 1,2 millones de euros a mejorar la videovigilancia y la iluminación LED en 17 infraestructuras similares.
Datos Clave
- El tajo causó una lesión de 24,5 cm que afectó yugular y vértebra cervical.
- El acusado fue detenido a las 48 horas del crimen por la Policía Nacional.
- El informe de Psiquiatría Forense descarta alteraciones mentales eximentes.
- La Fiscalía pide 20 años de cárcel por asesinato con alevosía.
- El juicio se celebra bajo la Ley Orgánica 5/1995 de jurado popular.
- El caso ha impulsado inversiones municipales en seguridad urbana y prevención.
El juicio refleja la evolución del sistema penal español hacia mayor transparencia y participación ciudadana. También evidencia los límites de las defensas basadas en peritajes psiquiátricos cuando no hay evidencia objetiva de alteración funcional. Desde el punto de vista económico, el caso ha acelerado la asignación de fondos europeos para seguridad pública inteligente, alineados con el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). Legalmente, reafirma que la personalidad esquizotípica no equivale a inimputabilidad, un matiz clave en la doctrina penal actual.
