El Partido Popular prepara una reforma de la Ley de Extranjería para autorizar las devoluciones en caliente de migrantes que accedan a Ceuta y Melilla a nado. La medida busca dotar de cobertura legal a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado tras una sentencia del Tribunal Supremo que limitó dichas devoluciones a los intentos de entrada por vallas. La iniciativa responde a un cambio real en los flujos migratorios: hoy, gran parte de las entradas irregulares se producen por vía marítima, no por escalada de infraestructuras fronterizas. Sin esta modificación, los agentes carecen de marco jurídico para actuar en estos casos.
¿Qué son las devoluciones en caliente y por qué se quiere ampliar su alcance?
Las devoluciones en caliente son rechazos inmediatos de personas en situación irregular en el momento mismo de la entrada al territorio nacional. Actualmente, su aplicación está restringida a quienes superan elementos físicos de contención, como las vallas de Ceuta y Melilla.
El Tribunal Supremo, en una sentencia reciente, reafirmó ese límite. Pero la realidad ha cambiado: desde 2023, más del 42 % de las entradas irregulares a las ciudades autónomas se producen por mar. Muchos migrantes nadan hasta la costa, evitando los puntos de control terrestre.
El vacío legal afecta la operatividad policial
Sin una base legal clara, los agentes enfrentan riesgos jurídicos al intervenir. No pueden aplicar devoluciones, ni derivar a procedimientos de expulsión acelerados. Esto genera incertidumbre operativa y sobrecarga administrativa.
¿Por qué solo Ceuta y Melilla y no Baleares u otras zonas costeras?
La propuesta del PP es territorialmente específica. Ceuta y Melilla son ciudades autónomas con régimen fronterizo especial, reconocido en el Tratado de Adhesión de España a la UE y en la Ley Orgánica 4/2000. Su condición de enclave en suelo africano las convierte en fronteras exteriores de la Unión Europea.
Baleares, en cambio, forma parte del territorio aduanero y Schengen común. Las llegadas irregulares allí se tramitan bajo el régimen general de acogida y asilo, sin figura de devolución en frontera.
El marco jurídico europeo condiciona la medida
La propuesta se alinea con la Directiva 2008/115/CE (Directiva Retorno), que permite devoluciones inmediatas en fronteras exteriores, siempre que se respeten las garantías del Convenio Europeo de Derechos Humanos y la Convención de Ginebra. La reforma busca precisamente incorporar ese estándar a la normativa nacional.
¿Qué impacto económico y operativo tiene esta reforma?
La presión migratoria en Ceuta y Melilla genera costes directos: alojamiento, atención sanitaria, gestión policial y judicial. En 2025, el Ministerio del Interior destinó más de 187 millones de euros a la gestión migratoria en ambas ciudades. Una mayor eficacia en las devoluciones reduciría la sobrecarga en los centros de internamiento y aceleraría los procesos de retorno.
Además, la medida busca disuadir rutas de entrada de alto riesgo. Nadar hasta la costa implica peligros reales: al menos 23 fallecimientos registrados en 2024 en aguas de Ceuta.
La seguridad jurídica para los agentes es prioritaria
La reforma no solo busca control migratorio. También protege a los profesionales de la seguridad. Sin amparo legal, los agentes podrían enfrentar denuncias por presunta vulneración de derechos. La modificación busca eliminar esa incertidumbre.
¿Qué dice el marco legal actual sobre las devoluciones en caliente?
La Ley Orgánica 4/2000 establece que las devoluciones en frontera son posibles solo si se produce una entrada irregular por superación de elementos físicos de contención. El Reglamento de Extranjería (RD 557/2011) no contempla el acceso a nado como supuesto válido para esta figura.
La sentencia del Tribunal Supremo de junio de 2026 reforzó esta interpretación. El PP argumenta que la norma está desactualizada y requiere adaptación al nuevo patrón migratorio.
Datos Clave
- La reforma se limita exclusivamente a Ceuta y Melilla, no aplica a otras regiones españolas.
- Busca cubrir un vacío legal tras la sentencia del Tribunal Supremo de junio de 2026.
- Se alinea con la Directiva Retorno 2008/115/CE, pero exige adaptación nacional.
- No afecta a solicitantes de asilo: la evaluación de protección internacional seguirá siendo obligatoria antes de cualquier devolución.
- El PP prevé presentar la iniciativa como proyecto de ley orgánica para garantizar su tramitación prioritaria.
El cambio refleja una tensión creciente entre eficacia fronteriza y garantías procesales. Mientras la presión migratoria se reconfigura, la normativa debe evolucionar sin vulnerar estándares europeos de derechos fundamentales. La propuesta del PP no crea una nueva figura, sino que extiende una ya existente a un escenario operativo actualizado. Su éxito dependerá de su equilibrio entre seguridad, legalidad y respeto a los derechos humanos.
