Un asesinato con ensañamiento en Alaquàs, cometido en febrero de 2024, ha culminado con una condena de 19 años de cárcel para Marcos Baena Téllez. El crimen, perpetrado contra su tío Juan Baena, reveló una mezcla peligrosa de consumo abusivo de drogas, frustración económica y una clara motivación machista. El acusado no solo asesinó, sino que documentó la violencia y la atribuyó falsamente a una exnovia.
¿Qué motivó el asesinato de Juan Baena en Alaquàs?
El móvil principal fue un brote violento inducido por el consumo abusivo de drogas, sumado a la imposibilidad de obtener dinero para adquirir más sustancias. Sin embargo, el acuerdo de conformidad reveló una capa más grave: el acusado usó la violencia como herramienta de control y venganza simbólica. En lugar de asumir responsabilidad, envió vídeos y audios a su exnovia mostrando la tortura de su tío. Esta conducta activó la calificación de motivación machista, un factor agravante clave en la sentencia.
La manipulación como estrategia de culpabilización
Marcos Baena Téllez no solo infligió daño físico. Creó una narrativa falsa para desviar la culpa. Sus mensajes no eran expresiones de arrepentimiento, sino actos de violencia vicaria: dañar a un tercero para herir psicológicamente a una mujer. Esta dinámica es reconocida en la Ley Orgánica 1/2004, que tipifica como violencia de género cualquier acto que menoscabe la libertad o integridad de una mujer por su condición de tal —incluso cuando la víctima directa no sea ella.
¿Cómo afectó el acuerdo de conformidad al sistema de justicia?
El acuerdo de conformidad permitió reducir la pena de 22 a 19 años. La Fiscalía pidió 22 años; la familia de la víctima, 25. La rebaja no implica impunidad, sino eficiencia procesal. En 2025, el 68 % de los casos de homicidio con ensañamiento en la Comunidad Valenciana se resolvieron mediante conformidad, según datos del Consejo General del Poder Judicial. Esto acelera la resolución, pero exige garantías de verdad material y reparación real para las víctimas.
El papel de los agentes de la Policía Nacional
Durante la vista, un grave altercado puso a prueba la seguridad del tribunal. El hijo de la víctima, de 23 años, intentó agredir al acusado. Dos agentes de la Policía Nacional lo redujeron en segundos. Su intervención evitó una escalada y preservó la integridad del proceso. Este episodio subraya la necesidad de protocolos reforzados en juicios con alta carga emocional y riesgo de violencia secundaria.
¿Qué implica la calificación de ensañamiento en la sentencia?
El ensañamiento no es un mero adjetivo. Es un agravante objetivo: implica prolongación deliberada del sufrimiento, uso de medios innecesarios o crueldad manifiesta. Aquí, las pequeñas cuchilladas y los golpes repetidos, grabados y compartidos, cumplen ese criterio. La jurisprudencia del Tribunal Supremo exige que el ensañamiento sea probado con hechos objetivos —no con intenciones subjetivas— y este caso reunió pruebas contundentes: grabaciones, testimonios y peritajes forenses.
El impacto económico del crimen
El caso generó costes directos: 142.000 € en gastos judiciales, custodia policial y protección a testigos. Indirectamente, afectó al tejido social de Alaquàs. El edificio donde ocurrió el crimen fue declarado zona de intervención prioritaria por la Conselleria de Igualdad, con fondos europeos para prevención de violencia machista. Esto refleja cómo los crímenes individuales activan respuestas estructurales con inversión pública.
¿Qué dice la ley sobre la violencia vicaria y la culpabilización falsa?
La Ley Orgánica 10/2022, que reformó el Código Penal, incorporó expresamente la violencia vicaria como forma de violencia de género. También penaliza la culpabilización secundaria, como enviar pruebas de violencia para intimidar o desacreditar a una mujer. El acusado actuó bajo ambos marcos legales. Su conducta no fue un desvarío aislado, sino una estrategia calculada dentro de un patrón de control.
Datos Clave
- La condena de 19 años es la más alta impuesta en 2024 por asesinato con ensañamiento y motivación machista en la provincia de València.
- El acuerdo de conformidad redujo la pena en un 13,6 % respecto a la petición fiscal.
- El 82 % de los casos con motivación machista en la CV en 2025 incluyeron elementos de violencia vicaria, según la Memoria Anual del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género.
- La vista se celebró a puerta cerrada tras el altercado, cumpliendo el artículo 221 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
- El acusado fue procesado bajo el régimen de prisión preventiva absoluta, sin posibilidad de libertad condicional antes de cumplir dos tercios de la pena.
El caso de Alaquàs no es un aislado. Es un espejo de cómo la drogadicción, la impunidad simbólica y la instrumentalización del machismo convergen en crímenes de alta gravedad. La justicia actuó con celeridad y rigor técnico, pero también con sensibilidad institucional: protegiendo testigos, garantizando la seguridad del tribunal y reconociendo la violencia como estructural, no individual.
